viernes, 25 de marzo de 2011

informe LINDA MELISSA LARMAT auxiliar de enfermeria primer semestre

Al revisar minuciosamente los documentos que contienen leyes, decretos y resolución, podemos encontrar la importancia de conocer lo estipulado desde el Ministerio de salud, las normas que rigen todas las conductas para desempeñarnos correctamente en un marco jurídico, que nos posibilita el desarrollo de nuestras actividades de manera legal , y la calidad en atención de salud a los usuarios, con la Resolución Numero 1995 de 1.999( julio 8 ) del ministerio de salud, encontramos la reglamentación jurídicamente establecida para el manejo de la historia clínica, como documento fundamental para la prestación de servicios de atención directa a usuarios, nos señala que es un documento privado, obligatorio, y de reserva que se registra cronológicamente, y que solo pueden manejar los integrantes del equipo de la salud como : profesionales, técnicos y auxiliares del área de la salud en una entidad.
Sintetizando, nos presenta esta resolución un modelo exacto de lo que es una historia clínica y los objetivos de esta.
Uno de los temas mas importantes es la caracterización de una historia clínica que contiene varios elementos como : la integralidad y sus fases : fomento, promoción de salud, prevención especifica, diagnostico, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, abordando desde los aspectos biológico, psicológico y social, interrelacionado con las dimensiones de la persona (usuario), como su entorno y/o contexto familiar, personal, comunitario, lo cual nos señala la importancia de la procedencia del usuario, esto necesariamente nos conduce a tener en cuenta también los aspectos culturales que permiten una historia clínica integral y que favorecen a una atención de calidad del usuario.
RACIONALIDAD CIENTIFICA:
Evidencia clara, científica de cómo se realizó el procedimiento.
DISPONIBILIDAD: utilizar la historia clínica en todo momento con las limitaciones que impone la ley de reserva a terceros.
Obligatoriedad del registro: es obligatorio llevar y dar seriedad a una historia clínica, en donde se encuentra de manera cronológica el estado del paciente, los procedimientos sobre una base científica, para un tratamiento adecuado y exacto.
ANEXOS: documentos como sustento legal, pueden ser exámenes de rigor, de carácter legal, técnico, científico y/o administrativos.


MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Resolución Numero 1043 de 2006(del 3 de Abril de 2006)

Por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para habilitar sus servicios e implementar el componente auditorio para el mejoramiento de la calidad de la atención y se dictan otras disposiciones.
Según el articulo 1.- Condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para habilitar sus servicios: los prestadores de servicios de salud por cada uno de los servicios que prestan y que se consideran suficientes y necesarios para reducir los principales riesgos que amenazan la vida o la salud de los usuarios, en el marco de la prestación del servicio de salud.
Comprenden:
-Recurso humano, infraestructura-instalaciones físicas-mantenimiento-dotación-mantenimiento, medicamentos y dispositivos médicos para uso humano y su gestión; procesos prioritarios asistenciales, historia clínica y registros asistenciales, interdependencia de servicios, referencia de pacientes y seguimiento a riesgos en la prestación de servicios de salud.
En la infraestructura existen obligaciones que garanticen un servicio integral de calidad acorde con las normas estipuladas, igualmente unas condiciones tecnológicas y científicas para la habilitación de prestadoras de servicios de salud, para la fiabilidad, esencialidad y sencillez en la prestación de servicios.

LEY 594 DE 2000
Por medio de la cual se dicta la ley general de archivos y se dictan otras disposiciones.
Este documento establece reglas y principios generales que regulan la función archivística del estado, y que cobija a la administración publica en sus diferentes niveles, las entidades privadas que cumplen funciones publicas y los demás organismos regulados por la presente ley.
Es bueno aclarar que el presente documento nos presenta con mucha claridad y de manera especifica la conceptualización de términos necesarios para conocer y saber la importancia de los documentos, igualmente presenta la categorización de los archivos públicos desde su jurisdicción y competencia en este caso especifico en las entidades prestadoras del servicio de salud, los documentos y la manera de archivarlos son de vital importancia para las empresas de la salud.

CONCLUSIONES
Considero de gran interés la lectura de leyes, decretos y normas concernientes a la salud, porque nos permite conocer y dar cumplimiento al marco jurídico establecido desde el Ministerio de la Protección Social, en este caso especifico tres componentes : historia clínica, auditoria, la ley general de archivos, normatividad que permite el cumplimiento legal para el área de la salud, con el propósito de prestar un servicio de salud eficiente, confiable y de calidad, atendiendo los derechos de los usuarios y nuestras obligaciones como personal de la salud, constitucionalmente establecido como el derecho a la vida.

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