viernes, 25 de marzo de 2011

CAROLINA HENAO


LEY 594   DEL 2000
ESTA LEY TIENE COMO OBJETIVO PROPORCIONAR UNA REGLAMENTACION  Y UNOS PRINCIPIOS PARA REALIZAR LA FUNCION AARCHIVISTICA DEL ESTADO
A continuación se dará a conocer unas definiciones que debemos tener presentes:
Archivo: es el conjunto de documentos, acumulados en un proceso natural por una persona o una entidad pública.
Archivo Público: documentos que pertenecen aun entidad, de los cuales se deriva la prestación de servicios públicos por entidades privadas .
Archivo privado de Interés Público: es aquel que por su valor para la historia, la investigación, la ciencia o cultura y es de gran interés público.
Archivo Total: es proceso integral de los documentos en su ciclo vital
Documento de Archivo: Es el registro de la información que se hace  o recibe  por un entidad pública o privada.
Función Archivista: es la elaboración de un  documento eliminación o conservación de un  documento.

TITULO III
SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOSORGANOS ASESORES COORDINADORES Y EJECUTORES
LAS INSTITUCIONES ARCHIVISTICAS SE RELACIONAN ENTRE SI , Y TIENEN COMO FUNCION PROMOVER EL DESARROLLO EN LOS CENTROS DE INFORMACION Y BRINDAR UNA FACILIDAD A LAS  PERSONAS  PARA TENER ACCESO A LA INFORMACION.
CATEGORIZACION DE ARCHIIVOS
    ARTICULO 7 JURIDICCION  Y COMPETENCIA
·         ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
·         ARCHIVO GENERAL DE DEPARTAMENTO
·         ARCHIVO GENERAL DE MUNICIPIO
·         ARCHIVO GENERAL DE  DISTRITO
LO RIGE LA LEY 80 DE 1989

ARTICULO 8  ARCHIVOS TERRITORIALES
·         ARCHIVOS DE IDENTIDADES DE ORDEN NACIONAL
·         ARCHIVOS DE IDENTIDADES DE ORDEN DEPARTAMENTAL
·         ARCHIVOS DE IDENTIDADES DE ORDEN DISTRITAL
·         ARCHIVOS DE IDENTIDADES DE ORDEN METROPOLITANO
·         ARCHIVOS DE IDENTIDADES DE ORDEN MUNICIPAL
·         ARCHIVOS DE IDENTIDADES DE ORDEN LOCAL

GESTION  DE DOCUMENTOS
TODA ENTIDAD  PUBLICA  DEBE ELABORAR PROGARMAS QUE FACILITEN  LA GESTION DE DOCUMENTOS  TENIENDO EN CUENTA  LAS NUEVAS TECNOLOGIAS Y SOPORTES.

ACCESO Y CONSULTA DE DOCUMENTOS
TODA PERSONA TIENE DERECHO A CONSULTAR LOS  DOCUMENTOS  Y SACARLES UNA COPIA  SI LA LEY NO LOS CONSIDERA DE CARÁCTER RESERVADO   .

SALIDA DE DOCUMENTOS
LOS DOCUMENTOS  SOLO PUEDEN SALIR DE  UNA ENTIDAD TEMPORALMENTE
POR MOTIVOS LEGALES, PROCESOS TECNICOS Y EXPOSICIONE S CULTURALES.

CONTROL Y VIGILANCIA

SE ENCARGA DE VIGILAR QUE SE CUMPLA LAS NORMAS ESTABLECIDAS  Y DEBE TENER  UN  CONTROL DE LA INFORMACION.
CUANDO LA INFORMACION DE LA HISTORIA CLINICA  LA RETIRAN DE FORMA ILEGAL SE  DEBE DENUNCIAR.

CONSERVACION DE DOCUMENTOS
LOS DOCUMENTOS  ORIGINALES SE DEBEN CONSRERVAR DE  MANERA  ADECUADA
PARA ASEGURAR  LA CALIDAD    DE CONSERVACION DE ESTE .

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